COMUNICADO DEL CONCEJAL MARTINEZ DEL VAS. MOCIÓN PARA CAMBIAR HORARIO DE LOS PLENOS DEL AYUNTAMIENTO DE TOTANA.
Este pleno ordinario de octubre voy a solicitar el apoyo de la Corporación Municipal para que las sesiones plenarias se realicen como venía sucediendo desde principios de la transición, por las mañanas. Los políticos debemos de ser los primeros en cumplir las leyes y nuestras propias normas de régimen interior para dar ejemplo, el servicio y la atención que se merecen los totaneros. Se ha venido avisando años por parte de otros concejales y yo mismo lo vengo avisando meses. Las sesiones no pueden terminar por norma, más allá de las doce de la noche ni menos aún, extenderse hasta las tres de la madrugada en algunos casos por no dar tiempo a tratar todos los asunto.
En las comisiones informativas celebradas en el día de ayer, mi propuesta fue en principio, rechazada por el PP y el concejal no adscrito Victor Balsas y contó con las abstención del PSOE, de miembros del actual equipo de gobierno del grupo GANAR TOTANA-IU, y del propio Sr. Alcalde, y con el apoyo de la concejal no adscrita Dña. Rosa Giménez. Intentándose con el dictamen negativo, que la moción no fuese ni a pleno. Cuando las comisiones informativas no están para votar que va o no, a pleno.
La moción que adjunto está bien clara y no atiende a confusiones. Simplemente demanda que se cumpla con la ley y que las sesiones plenarias se puedan realizar con efectividad. Con lo que los portavoces de estos grupos políticos y la propia Alcadía, deberán de explicar a todos los totaneros y al resto de concejales, delante de las cámaras y en sesión plenaria. Cuáles son los motivos por los que están en contra de cumplir con la ley o se “abstienen” de cumplirla. Ya que a este concejal no se le dio ninguno motivo legal en contra ni se ha pedido ningún informe técnico jurídico por parte de nadie.
La fijación de la periodicidad y horario de las sesiones, es una de las competencias del Pleno municipal, que se ejerce dentro de las previsiones legales, y el acuerdo por el que se ejerce tal competencia no puede ser calificado de ilegítimo o de que ha sido adoptado en fraude de ley porque imposibilite, por motivos laborales, la participación de determinados miembros de la corporación. Los miembros de las Corporaciones tienen el derecho y la obligación de asistir. Precisamente por ello tienen derecho a ausentarse del trabajo, por el tiempo indispensable para el cumplimiento de sus funciones y asistencia, porque es un deber inexcusable de carácter público y personal (artículo 37.3.d. del Estatuto de los Trabajadores). No es posible, en consecuencia —por incompatibilidades entre el horario de la celebración de las sesiones y el horario de las relaciones laborales— calificar el horario de las sesiones, acordado por el pleno, como inadecuado o ilegitimo.
Ni, tampoco, tienen derecho los miembros de las entidades locales a que el horario de las sesiones se fije atendiendo a sus circunstancias laborales o personales, haciendo así que las sesiones terminen por norma, más allá del horario legal establecido.
- MIGUEL A. MARTINEZ DEL VAS.
Concejal no adscrito del Ayuntamiento de Totana.