La Asamblea Regional deberá modificar ahora la Ley 6/1995, de 21 de abril, de los Límites del Parque Regional de Sierra Espuña para garantizar, en el futuro, el Rally de La Santa y las tradicionales romerías
La Asamblea Regional de Murcia deberá modificar ahora, a través de una proposición de ley, la Ley 6/1995, de 21 de abril, de los Límites del Parque Regional de Sierra Espuña para garantizar, en el futuro, la celebración del Rally La Santa y las tradicionales romerías de Santa Eulalia de Totana.
Así lo comunicó hoy el alcalde, Juan Pagán, quien dio cuenta del procedimiento seguido desde noviembre del año pasado hasta hoy para modificar esta normativa legislativa y fijar, así, los nuevos límites del Parque de Sierra Espuña, excluyendo del mismo la zona recreativa y monumental de La Santa y la carretera RM-502 y su zona de afectación.
Dicha modificación, que afectaría exclusivamente al 0,3% de la superficie del Parque Regional –unas 58 hectáreas-, vendría a dar cumplimiento al acuerdo plenario de finales del pasado mes de agosto que instaba al Parlamento murciano a este fin.
Además, también se solicitó requerir al Consejo de Gobierno de la Región de Murcia la paralización del documento, en fase de aprobación definitiva, del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Regional de Sierra Espuña.
La presente Ley, que deben apoyar mayoritariamente los diferentes grupos parlamentarios en la Asamblea Regional, entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, según afirmó el primer edil.
De esta manera, al modificar los límites del Parque Regional, se garantizaría la futura celebración de esta prueba deportiva y las romerías en honor a la Patrona de Totana en el entorno del Santuario de Santa Eulalia.
El entorno de La Santa y parte de la RM-502 actualmente se encuentran dentro del Parque Regional de Sierra Espuña, ya que por Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia, se produjo la reclasificación como parque regional del parque natural de Sierra Espuña, creado por Real decreto 3157/1978, de 10 de noviembre, manteniendo la superficie y límites establecidos en el mismo.
En el proceso de elaboración del plan de ordenación de los recursos naturales del parque, aprobado por decreto regional, 13/1995, del 31 de marzo, los estudios técnicos correspondientes -adaptado a los modernos criterios de valoración y conservación de los recursos naturales- pusieron de manifiesto que el conjunto ambiental homogéneo de Sierra Espuña, merecedor de protección, sobrepasaba ampliamente los límites establecidos y consecuentemente, se produjo una modificación de los límites del Parque, fijando unos nuevos mediante la Ley 6/1995, del 21 de abril, de modificación de los Límites del Parque Regional de Sierra Espuña, por la que se dejaban fuera del Parque el núcleo rural de El Berro, Umbría de Sierra Espuña, El Purgatorio, La Fragua y El Puntal, entre otros.
De este modo, con el fin de proteger y preservar las tradiciones y actividades históricas de Totana dada su gran importancia y repercusión en el municipio, existe la necesidad de establecer nuevos límites del parque de Sierra Espuña, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 4/1992, de 30 de julio, modificando la ley 6/1995, de 21 de abril.
Ayuntamiento de Totana