La mujer en Totana bajo la tutela de las disposiciones de la Orden Militar de Santiago. (Por Juan Cánovas Mulero)

La mujer en Totana bajo la tutela de las disposiciones de la Orden Militar de Santiago. (Por Juan Cánovas Mulero)
La mujer en Totana bajo la tutela de las disposiciones de la Orden Militar de Santiago. (Por Juan Cánovas Mulero)
La mujer en Totana bajo la tutela de las disposiciones de la Orden Militar de Santiago. (Por Juan Cánovas Mulero)
La mujer en Totana bajo la tutela de las disposiciones de la Orden Militar de Santiago. (Por Juan Cánovas Mulero)
La mujer en Totana bajo la tutela de las disposiciones de la Orden Militar de Santiago. (Por Juan Cánovas Mulero)

E n estas fechas el calendario recuerda la celebración del ocho de marzo, día dedicado a la mujer. El acontecimiento nos interpela como sociedad sobre la capacidad de acogida, aceptación, diálogo y responsabilidad que hemos de asumir los ciudadanos. Se nos invita a trazar senderos en los que las diferencias de género no sean en ningún momento rémoras para comprometerse en el entendimiento.

 Con este referente presentamos algunos rasgos de esos otros modos en que se desarrolló el papel de la mujer en las poblaciones de Aledo y Totana durante el largo periodo en el que estos lugares se organizaron a partir de las disposiciones de la Orden Militar de Santiago, fundamentalmente entre el siglo XIII y mediados del XIX. Conociendo esas otras formas de relación social, analizando esos concretos contextos, extrayendo conclusiones, con el corazón puesto en avanzar en la fraternidad, pero, sobre todo, superando todo aquello que pueda enturbiar las relaciones interpersonales, se nos apremia a construir espacios de encuentro y comunicación, eliminando brechas y tendiendo manos, en una convivencia fundamentada en la persona, alejada de discriminaciones o exclusiones.

Totana mantuvo a lo largo de su historia una clara dependencia de la Orden Militar de Santiago, en tanto que, en 1257, el rey Alfonso X el Sabio hacía donación a esta institución de las tierras de Aledo y Totana para su custodia, repoblación y defensa. De igual modo, sus dignatarios en la zona, siguiendo las instrucciones de los visitadores, representantes del clero santiaguista, precisaron y concretaron la generalidad de las diferentes normas que habían de organizar el día a día de sus gentes.

 Esta filiación condicionó la vida de sus vecinos, señalando, en el conjunto de prescripciones, concretos aspectos concernientes a la mujer, salvaguardando su identidad, sus derechos e integridad y, aunque es posible que esas normas estén impregnadas de paternalismo, como también de la moral propia del momento, en ellas se percibe el deseo de preservarlas de abusos y arbitrariedades, de explotaciones y afrentas.

Una parte importante de estos códigos de obligado cumplimiento aparecen recogidos en las llamadas «Constituciones Sinodales», reflejándose, igualmente, en las Ordenanzas que elaboraron a lo largo de la Edad Moderna las diversas corporaciones municipales que rigieron el ayuntamiento de Totana. Uno de los documentos más antiguos de que disponemos se refiere a la Carta Puebla otorgada en agosto de 1331 por el maestre Juan Osórez.

En ella se concretan dos mandatos de especial garantía para las mujeres: a.- «…que ninguna de las mujeres de Aledo, viuda ni virgen, no sea dada a marido sin su voluntad, por ninguno hombre poderoso». Con esta clara proclama se limitaba el poder de intervención del varón sobre la mujer, sustentado en numerosas ocasiones en la arrogancia de la superioridad económica. Ahora bien, analizando otros frentes de la realidad social de pasados siglos, sería ingenuo pensar que los compromisos matrimoniales fuesen siempre fruto de la voluntad de la mujer, considerando sus necesidades, intereses y sentimientos.

 Son de sobra conocidos los «matrimonios de conveniencia», frecuentes en tiempos no tan lejanos, no solo por la necesidad de mantener un patrimonio, sino, otras veces, por el cumplimiento de tradiciones, por el peso de ideologías, como también por lo interiorizado de normas que alejaban a los diversos grupos sociales. Conviene precisar que la especificación de Aledo y la no mención de Totana tiene su razón en el mayor poblamiento que acogía la seguridad de la fortaleza frente a la inestabilidad del abierto espacio del valle, en donde se situaban las tierras de labor, sujetas a razzias o avanzadilla desde tierras de Al-Ándalus. b.- «… que ninguno sea osado de robar ni de forzar mujer mala ni buena en villa ni en camino…». La irresponsable actitud de soliviantar sexualmente a las mujeres que se ha venido repitiendo de un modo demasiado reincidente, obviando la dignidad de la persona, lamentablemente, sigue presente en nuestro tiempo, cuando creíamos haber asentado unas bases de respetuosa convivencia. Resulta desolador comprobar que los humanos seguimos, demasiado a menudo, pisoteando los derechos del otro en favor del egoísmo, de los intereses particulares, de la codicia...

No cabe duda que la ley debe protege a todos, hombres y mujeres, pero es necesario educar y formar conciencias responsables, capaces de practicar las relaciones humanas desde la lealtad, viendo al otro como alguien con quien compartir el caminar de la existencia, en la construcción de un mundo de cooperación y concordia.

 Estas previsoras disposiciones, orientadas a impedir la proliferación de acciones de agresión y menoscabo de la libertad y derechos de las mujeres, se complementaban con otras también restrictivas pero que resuenan fundamentadas en principios morales y condicionantes sociales. Quizá habría que entender en este sentido el acuerdo emitido en junio de 1577 por las autoridades de Totana al disponer que, a partir de la caída de la tarde, no pudiesen estar parados los varones, «ni en el paso ni alrededor del lavador», ni tampoco donde las mujeres van por agua, y ello, a fin de «evitar los escándalos que pudieran suceder».

Las prohibiciones, concretaban a mediados el siglo XVIII que, en la confesión los clérigos no pudiesen escuchar a las mujeres fuera de los templos y, en estos ámbitos, «en confesionario cerrado y por rejilla», concluyendo que la celosía debía ser «tan espesa que no pueda caber por los agujeros la punta del dedo más pequeño de la mano». En caso de que esta intervención sacramental tuviese que hacerse en dormitorio de la mujer por encontrarse enferma, se les prevenía que «no cerraran ni entornaran la puerta del cuarto ni echaran cortina», apartándose los familiares de tal modo que «los puedan ver y no los puedan oír». Sean estas breves pinceladas una pequeña presentación del rico patrimonio documental que nos sitúa en el devenir de la Historia. Esas situaciones, la realidad que las rodea, brindan la ocasión de agradecer al presente las posibilidades que nos ofrece frente a otros periodos de menores oportunidades y agudas diferencias sociales. Reconocer la amplitud de los nuevos horizontes supone entregar lo mejor de cada uno para contribuir a que el diálogo y el entendimiento sean los aromas que definan a nuestro tiempo.

Juan Cánovas Mulero